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Informe, recopilación de datos y resultados

Este sitio web se actualiza con frecuencia; no obstante, es posible que parte de su contenido se vea en inglés hasta que se traduzca.

Cómo informar al Registro de Casos de Zika en el Embarazo de los EE. UU. (USZPR, en inglés)

  • Los proveedores de atención médica deben informar casos de mujeres y bebés que sean elegibles para el Registro de Casos de Zika en el Embarazo de los EE. UU. a sus departamentos de salud estatales, locales, tirbales o territoriales. Si el personal del USZPR de los CDC recibe informes directamente de los proveedores de atención médica, notificará a los departamentos de salud.
  • El personal del departamento de salud puede enviar información al USZPR de los CDC por los siguientes medios:
    • Servicios de gestión de acceso seguro (SAMS, en inglés) de los CDC (para acceder contacte a los CDC en ZikaMCH@cdc.gov)
    • Transferencia electrónica de datos a través de FTP (p. ej.: archivos CSV, Excel, Access, Word, PDF) (contacte a los CDC para acceder)
    • Correo electrónico encriptado a ZikaMCH@cdc.gov
    • Fax seguro al 404-718-1013

Recolección de datos

  • Se pueden usar diferentes metodologías (p. ej.: extracción de historias clínicas, consultas telefónicas) para recopilar información de vigilancia para el Registro de Casos de Zika en el Embarazo de los EE. UU. Los CDC distribuyeron formularios de recolección de datos y otros materiales técnicos directamente entre los departamentos de salud y ofrecen asistencia técnica permanente para colaborar con la recolección de datos. Los proveedores de atención médica deben contactar a sus departamentos de salud estatales, tribales, locales y territoriales para obtener estos formularios de recolección de datos.
  • Según la preferencia o capacidad, cada departamento de salud estatal, tribal, local o territorial puede optar por recolectar información para el USZPR directamente de los proveedores de atención médica o solicitar asistencia al personal de los CDC.
  • Se usan varios formularios para recolectar información para el USZPR. Los ítems de datos de estos formularios están diseñados para obtener información acerca de la atención médica de rutina de las mujeres embarazadas y sus bebés y no tienen por objeto ser recomendaciones de más pruebas de detección o manejo de los casos.
  • Si están disponibles, los datos se deben recopilar con una frecuencia regular (ver el gráfico abajo).
Identificación inicial, 2.º y 3.º trimestre, al momento del parto, bebé: 2, 6 y 12 meses

El USZPR recopila información de seguimiento de todos los bebés informados, nacidos de mujeres que tienen evidencia de laboratorio de una posible infección por el virus del Zika (independientemente de si tienen síntomas) y de bebés con una exposición periconcepcional, prenatal o perinatal nacidos de estas mujeres, incluidos los bebés que aparentan estar saludables al nacer. La inclusión de los bebés que parecen saludables es importante porque se desconocen los efectos de corto y largo plazo de exposición in utero al virus del Zika. El USZPR recolecta esta información porque se desconoce la gama completa de posibles efectos en el feto y en los bebés de una infección materna por el virus del Zika.

Comunicación de los hallazgos del Registro de Casos de Zika en el Embarazo de los EE. UU.

  • La cifra acumulada de mujeres embarazadas incluidas en el Registro de Casos de Zika en el Embarazo en los EE. UU. se informa en el sitio web de los CDC sobre el zika aproximadamente dos veces por mes. Estos informes reflejan los totales para:
  • Los CDC también informan consecuencias adversas en embarazos entre mujeres con evidencia de laboratorio de posible infección por el virus del Zika del Registro dos veces al mes. Estas consecuencias incluyen
    • bebés nacidos vivos con defectos congénitos y
    • pérdidas de embarazos con defectos congénitos

Estos informes incluirán los defectos de nacimiento que concuerden con lo que se sabe en la actualidad acerca de los efectos de la infección congénita por el virus del Zika, como microcefalia (una afección en la que la cabeza del bebé es mucho más pequeña de lo esperado) y otros defectos cerebrales graves.

  • Se deben tener en cuenta algunas limitaciones en los datos al revisar los hallazgos del USZPR. Se incluye solo las mujeres embarazadas o los bebés a los que se les hicieron pruebas de detección de la infección por el virus del Zika y cuyos casos se informaron al Registro. Por consiguiente, el USZPR reflejará los casos informados de infección por el virus del Zika y sus consecuencias, y podría estimar casos por debajo de los reales dado que podría haber casos no informados. EL USZPR no está diseñado para determinar si las consecuencias adversas en el embarazo en mujeres con presunta infección por el virus del Zika en el embarazo fueron a causa del virus del Zika o de otros factores.

Roles de los departamentos de salud y de los proveedores de atención médica

Los departamentos de salud y proveedores de atención médica tienen un papel fundamental al momento de garantizar el éxito del Registro de Casos de Zika en el Embarazo en los EE. UU. Los roles específicos de los departamentos de salud y de los proveedores de atención médica se resumen en la tabla a continuación.

Grupo Identificar las mujeres embarazadas y los bebés que podrían ser elegibles para el USZPR Informar los casos al USZPR Recopilar información acerca de las consecuencias en el embarazo y en los bebés
Departamentos de salud Sí, informar a los CDC Sí, trabajar junto con los CDC
Proveedores de atención médica* Sí, informar al departamento de salud estatal, tribal, territorial o local Sí, trabajar junto con el departamento de salud estatal, tribal, territorial o local

* Puerto Rico creó otro Sistema de vigilancia activa del virus del Zika durante el embarazo (SVAZE). Los proveedores de atención médica que ejerzan en Puerto Rico deben informar los casos al SVAZE y no al USZPR.

Coordinación con otras iniciativas de vigilancia de enfermedades arbovirales

  • La enfermedad por el virus del Zika y la infección congénita por el virus del Zika son enfermedades de notificación obligatoria a nivel nacional y se pueden informar a ArboNET, el sistema nacional de vigilancia de enfermedades arbovirales de los CDC. El Consejo de Epidemiólogos Estatales y Territoriales (CSTE, por sus siglas en inglés) tiene definiciones provisionales de casos [PDF - 11 páginas] para la enfermedad del virus del Zika y la infección congénita por el virus del Zika. Una vez finalizado, la declaración de posición acerca del virus del Zika actualizada del CSTE estará disponible aquí.
  • ArboNET y el Registro son sistemas de vigilancia que abordan diferentes necesidades de salud pública y se valen de criterios de inclusión diferentes.
  • Las estimaciones nacionales para mujeres embarazadas y bebés identificados con posible infección por el virus del Zika del Registro difieren de las cifras totales de gente con enfermedad por el virus del Zika de ArboNET, que también se informan semanalmente .
  • Cuando se informa a ArboNET un caso de enfermedad por el virus del Zika en una mujer embarazada o infección congénita por el virus del Zika en un bebé, se notifica al personal del USZPR de los CDC, que tomarán nota de los datos que ya se informaron a través de ArboNET para evitar que se informen por duplicado.

Protección de la información de salud

  • Los CDC se toman muy seriamente la protección de la información confidencial. Los CDC siguen normas muy estrictas para garantizar que la privacidad de la gente de quien recopilamos información de salud esté protegida. Además, los datos del Registro de Casos de Zika en el Embarazo en los EE. UU. (el Registro) se recopilan de manera tal que se garantice su protección contra la publicación no autorizada. La información del Registro se informará al público solo en forma conjunta. Los CDC no publicarán ningún dato de identificación personal.
  • Los CDC, en su carácter de autoridad de salud pública, solicitan la recopilación de información clínica que permita la identificación personal. Según lo establecido por la Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Médico (HIPAA, por sus siglas en inglés) y sus normativas de implementación, Normas de Privacidad para la Información de Salud de Identificación Personal (45 CFR § 164.5)] ("Reglamento de Privacidad"), las entidades cubiertas (como los proveedores de atención médica) pueden divulgar la información de salud sin autorización del paciente a una autoridad de salud pública que esté legalmente autorizada a recibir dicha información con el fin de prevenir o controlar una enfermedad (42 CFR 164.51).
  • Los datos recolectados para el Registro incluyen información clínica relacionada con la salud, el monitoreo y las pruebas de detección de las mujeres embarazadas durante el embarazo, los resultados de la evaluación y las pruebas de detección realizadas al momento del parto y la información de salud del bebé hasta su primer año de vida. Según lo establecido por el Reglamento de Privacidad de la HIPAA (45 CFR 164.53), la gente tiene derecho a solicitar a las entidades cubiertas (es decir, a los proveedores de atención médica) que den cuenta de la divulgación de su información de salud protegida.
  • Los datos del Registro están protegidos por la Garantía de Confidencialidad. Una Garantía de Confidencialidad es una protección formal de la confidencialidad autorizada en virtud de la Sección 308(d) de la Ley de Servicios de Salud Pública. Se utiliza para servicios prestados por el personal de los CDC o contratistas, que implican la recolección o el mantenimiento de información confidencial o que posiblemente permite la identificación personal.

Los CDC han decidido que el Registro sea una actividad de vigilancia de salud pública sin fines de investigación en el contexto de una emergencia de salud pública.

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