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Muere joven hispano de 16 años que trabajaba en la construcción en Carolina del Sur luego de caer desde una plataforma elevada hecha en el lugar de la obra

Reporte FACE de NIOSH 2004-06

el 2 de noviembre, 2004

Resumen

El 9 de marzo del 2004, un trabajador de la construcción hispano de 16 años, que formaba parte de una cuadrilla que construía armazones (la víctima), se lesionó al caer a alrededor de las 3 de la tarde desde una plataforma elevada hecha en el lugar de la obra (andamio) y golpearse la cabeza con un bloque de concreto. La plataforma estaba a una altura de 10 pies y tres pulgadas. La víctima se quejó de que tenía un dolor de cabeza muy fuerte ante el jefe de cuadrilla, su padre y sus tíos, quienes trabajaban en el mismo equipo. Según informes, el coordinador del proyecto de construcción empleado por el contratista general le dijo al jefe de cuadrilla que llevara al joven a la sala de emergencias del hospital, que quedaba a menos de una milla del sitio de la obra. El padre de la víctima afirmó que el jefe de cuadrilla del subcontratista especializado en armazones los transportó a él y a su hijo a una farmacia, donde compraron aspirina, y que después de darle aspirina a la víctima, el jefe de cuadrilla los llevó hasta su casa. El jefe de cuadrilla regresó a trabajar y el padre permaneció en su casa con la víctima. Cuando los tíos de la víctima regresaron del trabajo a la casa a aproximadamente las 7:30 de la tarde, la víctima estaba vomitando y no podía caminar. El padre y los tíos de la víctima llevaron al joven a la casa del jefe de cuadrilla poco después de las 7:30 de la tarde. El jefe de cuadrilla condujo a la víctima y sus familiares a un hospital, aunque antes hizo una parada en el camino para solicitar atención en un centro médico, pero este ya estaba cerrado. La víctima llegó a la sala de emergencias del hospital a alrededor de las 8:30 de la noche, y un médico de la sala de emergencias lo declaró muerto a las 9:28 horas de la noche.

Los investigadores de NIOSH concluyeron que, para ayudar a prevenir situaciones similares, los empleadores deberían hacer lo siguiente:

  • Cerciorarse de que las plataformas de trabajo elevadas cumplan con los requisitos de seguridad, y que todos los empleados reciban equipo de protección contra las caídas cuando el riesgo de caídas exista.
  • Asegurarse de que los trabajadores lesionados reciban servicios médicos de emergencia adecuados.
  • Preparar, implementar y hacer cumplir un programa integral de seguridad escrito para todos los trabajadores que incluya capacitación para reconocer peligros y evitar situaciones inseguras. Un plan escrito debe requerir la capacitación de todos los empleados que puedan estar expuestos a posibles caídas, para que puedan protegerse de ese tipo de peligro.
  • Asegurarse de que los obreros de una cuadrilla multilingüe entiendan sus derechos en el lugar de trabajo y comprendan las instrucciones sobre los procedimientos seguros que deben seguir en las tareas que les son asignadas.
  • Utilizar todos los medios disponibles para conocer la verdadera edad de cada trabajador que es contratado, y establecer normas laborales que cumplan con las leyes sobre trabajo infantil, que prohíben a los jóvenes de menos de 18 años desempeñar tareas peligrosas como, por ejemplo, operar sierras eléctricas circulares. Los empleadores deberían comunicar estas normas laborales a todos sus empleados.
  • Garantizar que la oficina de área de la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional sea notificada en un plazo de 8 horas, cuando se produzca la muerte de un trabajador o la internación en un hospital de tres o más trabajadores como resultado de un incidente relacionado con el trabajo en su empresa.

Además, los contratistas generales deberían:

  • Asegurarse de que, en el texto del contrato, todos los subcontratistas incluyan un programa integral de salud y seguridad que cubra todos los aspectos de las tareas que ellos y sus empleados van a desempeñar; procedimientos para la investigación de accidentes y servicios de emergencia; y documentación sobre la edad y el permiso laboral de todos los empleados que trabajarán en la obra.

Además, el Departamento del Trabajo de los Estados Unidos y los empleadores deberían

  • considerar prohibir que los jóvenes de menos de 18 años de edad trabajen a una altura de seis pies o más desde escaleras, andamios, árboles, estructuras y maquinaria.

Introducción

El 9 de marzo del 2004, un trabajador de la construcción hispano de 16 años de edad, que formaba parte de una cuadrilla que construía armazones (la víctima), se lesionó al caer de una plataforma elevada (andamio) hecha en el lugar de la obra, de 10 pies y 3 pulgadas de altura, y se golpeó la cabeza con un bloque de concreto. El joven murió varias horas más tarde en la sala de emergencias de un hospital. El 7 de abril del 2004, la División de Horas y Salarios del Departamento del Trabajo de los Estados Unidos dio parte del incidente a la División de Investigaciones sobre Seguridad (DSR) del Instituto Nacional para la Seguridad y Salud Ocupacional (NIOSH). El 12 de mayo del 2004, un especialista en seguridad y salud ocupacional de la DSR se reunió con un investigador federal de la División de Horas y Salarios, y analizó los hallazgos de la investigación. El 13 de mayo del 2004, el investigador de la DSR visitó el sitio del incidente y entrevistó al coordinador del proyecto de construcción. El investigador de la DSR entrevistó al subcontratista que había empleado a la víctima por medio de un acuerdo con un jefe de cuadrilla hispano. Se revisó una declaración que el empleador le había tomado al jefe de cuadrilla varios días después del incidente y que había sido traducida al inglés. El 14 de mayo del 2004, el investigador de la DSR conversó sobre el incidente con un detective del departamento de policía de la ciudad. Se realizó una entrevista telefónica con el funcionario encargado de verificar el cumplimiento de las normas de seguridad y el supervisor que la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional de Carolina del Sur (SCOSHA) asignó al caso. La causa oficial de muerte se obtuvo del departamento forense del condado.

A la víctima le pagaba un jefe de cuadrilla que había sido empleado por un subcontratista especializado en concreto y armazones, que a su vez había sido empleado por el contratista general para realizar el trabajo de armazones y concreto en la construcción de un nuevo barrio de condominios. El subcontratista especializado en armazones había estado operando durante dos años y tenía cinco empleados administrativos y un jefe de cuadrilla quien, según el subcontratista, hablaba suficientemente bien inglés como para entender instrucciones. El jefe de cuadrilla era responsable de encontrar trabajadores hispanos para realizar las labores relativas a los armazones y el concreto. El jefe de cuadrilla tenía 18 trabajadores hispanos construyendo armazones en el momento del incidente. El jefe de cuadrilla del subcontratista era responsable de encontrar a estos trabajadores y de pagarles en efectivo cada semana, con dinero que provenía de una suma global que había proporcionado el subcontratista. Estos trabajadores hispanos eran ciudadanos mexicanos que hablaban poco o nada de inglés. Ni el jefe de cuadrilla ni el subcontratista habían obtenido documentación sobre la fecha de nacimiento de la víctima, y no hay certeza sobre si sabían que la víctima tenía menos de 18 años.

El contratista general tenía un programa escrito de seguridad para sus empleados y había reclutado a un coordinador para que supervisara el proyecto de construcción. El programa de seguridad del contratista general no cubría a los empleados de los subcontratistas. En el contrato que firmaron el contratista general y el subcontratista se declaraba que el subcontratista era responsable de cumplir con todas las reglamentaciones de seguridad y salud de la OSHA.

El subcontratista que construía los armazones tenía un plan escrito de seguridad y salud que estaba en inglés. El jefe de cuadrilla reportó al funcionario encargado de cumplimiento en la SCOSHA que él y su cuadrilla operaban de acuerdo al programa de seguridad del subcontratista especializado en armazones. No había documentación de que se hubiera capacitado a alguno de los obreros que estaban realizando la construcción de armazones, incluyendo a la víctima.

La víctima llegó a los Estados Unidos desde México en enero del 2004 para trabajar con su padre y cuatro tíos, que ya formaban parte del equipo de construcción de armazones que el jefe de cuadrilla del subcontratista había establecido. El subcontratista especializado en armazones no tenía antecedentes de muertes de trabajadores en su empresa.

Investigación

La víctima se sumó a la cuadrilla de construcción de armazones del subcontratista alrededor de dos semanas antes del incidente. Los tíos y el padre de la víctima habían estado trabajando con la cuadrilla de armazones en la obra en construcción del barrio de condominios durante unas seis semanas antes del hecho. La cuadrilla trabajaba de lunes a sábado entre las 7:30 de la mañana y las 6:00 de la tarde, aproximadamente. El proyecto del barrio de condominios había comenzado en diciembre del 2003 y su conclusión estaba programada para el 2005.

Según declaraciones de uno de los tíos de la víctima, el 9 de marzo del 2004 la víctima estaba trabajando con él en el segundo piso de la escalera del departamento número 48 (foto 1) en la obra. Mientras la víctima estaba cortando travesaños de madera de 2x4 con una sierra eléctrica, su tío abandonó el área para traer materiales. Cuando caminaba de vuelta con los materiales, el tío vio a la víctima caer sobre un bloque de concreto desde la plataforma elevada que habían construido más temprano a 10 pies y 3 pulgadas de altura (foto 2). Eran aproximadamente las 3 de la tarde.

El padre de la víctima, que estaba trabajando cerca, en el departamento número 45, declaró que escuchó un alboroto y corrió para averiguar qué había pasado. Allí vio a su hijo (la víctima) sentado sobre el concreto. La víctima le dijo que se había caído y que tenía un dolor de cabeza muy fuerte. El padre notó una abrasión y un bulto en la cabeza de su hijo, pero no pérdida de sangre. El coordinador del proyecto de construcción llegó al lugar después de escuchar el alboroto y les preguntó a los compañeros de trabajo qué había pasado. El coordinador del proyecto afirmó que instruyó al jefe de cuadrilla en inglés para que llevara al muchacho al hospital que quedaba a menos de una milla del lugar de la obra. El coordinador dijo a los investigadores que sintió que el jefe de cuadrilla había entendido perfectamente sus instrucciones, porque el jefe de cuadrilla hablaba un poco de inglés y había seguido instrucciones en inglés anteriormente. El subcontratista especializado en armazones no estaba en el sitio de la obra en ese momento y no fue notificado; se enteró del incidente varios días después.

Según el padre de la víctima, el jefe de cuadrilla les dijo a los familiares del muchacho que lo llevaran a su furgoneta, porque la víctima no podía caminar. El jefe de cuadrilla transportó al padre y a su hijo a una farmacia, donde compraron aspirina y, después de darle aspirina a la víctima, el jefe de cuadrilla los llevó hasta su casa. Después de ayudar a la víctima a acostarse (en ese momento podía caminar con asistencia), el jefe de cuadrilla volvió a trabajar y el padre de la víctima permaneció en la casa. Cuando los tíos de la víctima regresaron del trabajo a la casa a aproximadamente las 7:30 de la tarde, la víctima estaba vomitando y no podía caminar. El padre y los tíos de la víctima llevaron al joven en el auto de la familia a la casa del jefe de cuadrilla poco después de las 7:30 de la tarde. El jefe de cuadrilla condujo a la víctima y sus familiares a un hospital en su furgoneta, aunque antes hizo una parada en el camino para solicitar atención en un centro médico, pero la clínica ya estaba cerrada. La víctima llegó a la sala de emergencias del hospital a alrededor de las 8:30 de la noche, y un médico de la sala de emergencias lo declaró muerto a las 9:28 horas de la noche. El personal del hospital informó a la familia de la víctima y al jefe de cuadrilla que la víctima había muerto.

Cuando la víctima fue ingresada a la sala de emergencias, sus familiares le dijeron al personal del hospital que la víctima se había caído de su bicicleta y se había golpeado la cabeza. El personal del hospital solicitó al departamento forense y a la policía del condado que investigaran porque dudaron que una lesión tan importante hubiera sido causada por una caída de la bicicleta. Mientras tanto, la policía del condado había recibido varios llamados telefónicos en los que se reportaba que un trabajador joven se había caído en una obra en construcción ese día más temprano. Los familiares le dijeron a la policía de la ciudad dos días más tarde que el jefe de cuadrilla los había instruido para dar la versión sobre la caída de la bicicleta, porque se podían meter en problemas si la policía se enteraba de que la víctima se había lesionado en el trabajo. Según el coordinador del proyecto de construcción, cuando él le preguntó al jefe de cuadrilla, casi al final del día de trabajo (el martes 9 de marzo), cómo estaba la víctima, el jefe de cuadrilla le dijo que la víctima estaba bien. Cuando se le preguntó nuevamente sobre la víctima el 10 y el 11 de marzo, el jefe de cuadrilla, quien había sido informado de la muerte la noche de la caída, el 9 de marzo, otra vez dijo que la víctima estaba bien. El sábado 13 de marzo del 2004, temprano por la mañana, los medios de comunicación llegaron al sitio de la obra e informaron al coordinador del proyecto que estaban haciendo un reportaje sobre un trabajador de 16 años que había muerto por una caída en el lugar de construcción del barrio de condominios el martes 9 de marzo. El constructor del barrio de condominios informó al empleador del jefe de cuadrilla sobre el incidente, y el jefe de cuadrilla entregó ese día una nota a su empleador. Allí explicaba su perspectiva de lo que había pasado en el sitio de la obra, y afirmaba que no fue idea suya, sino de la familia de la víctima, decir que la lesión había ocurrido como resultado de una caída de la bicicleta. El jefe de cuadrilla también reportó que cuando él le pidió al padre que llevara a la víctima al hospital inmediatamente después del incidente, el padre de la víctima respondió que mejor los llevara a la casa. El jefe de cuadrilla entregó esta declaración a su empleador el 13 de marzo del 2004.

El 11 de marzo del 2004, el detective del condado derivó el caso al departamento de policía de la ciudad porque se determinó que la víctima había sufrido las lesiones mortales en una obra en construcción dentro de la jurisdicción de la ciudad. Un tío y el padre de la víctima le dijeron a un detective de la ciudad que habían dado información falsa al detective del condado en el hospital. Luego le describieron al detective de la ciudad cómo había ocurrido la caída de la víctima en el trabajo y los acontecimientos subsiguientes, incluyendo el retraso en conseguir atención médica para la víctima. Esta declaración fue grabada y se entregó una copia al investigador de la División de Horas y Salarios del Departamento del Trabajo.

Debido a que la SCOSHA no fue informada sobre la muerte hasta varios días después de que había ocurrido (la policía llamó a la SCOSHA y reportó el incidente el 12 de marzo del 2004) y el trabajo ya había avanzado cuando hicieron la inspección el 15 de marzo, quedaba poca evidencia física en el sitio para determinar las especificaciones de la plataforma elevada desde la que había caído la víctima. La declaración de un testigo que se obtuvo de la SCOSHA señaló que la plataforma de trabajo fue construida entre el balcón y la escalera al nivel del segundo piso, pero según el funcionario de la SCOSHA encargado de cumplimiento, el testigo no pudo describir los materiales que habían sido utilizados para construir la plataforma de trabajo. La investigación de la SCOSHA en el sitio reveló que una de las tablas del andamio cayó junto con la víctima. La SCOSHA concluyó que los trabajadores no estaban protegidos contra caídas desde la plataforma u otras superficies elevadas, como la estructura de la escalera del segundo piso. El empleador tampoco había proporcionado servicios de emergencia, y no había reportado la muerte de la víctima a la SCOSHA. La investigación de la División de Horas y Salarios reveló una infracción por parte del empleador de la ordenanza número 14 sobre ocupaciones peligrosas, que incluye la prohibición de que los trabajadores menores de 18 años operen sierras eléctricas circulares. Su investigación también puso de manifiesto infracciones relativas al pago de horas extraordinarias.

Causa de muerte

El departamento forense reportó que la muerte de la víctima fue causada por un hematoma subdural con edema cerebral.

Recomendaciones y discusión

Recomendación 1: Los empleadores deberían cerciorarse de que las plataformas de trabajo elevadas cumplan con los requisitos de seguridad, y que todos los empleados reciban equipo de protección contra las caídas cuando el riesgo de caídas exista.

Discusión: Los empleadores tienen la responsabilidad de proporcionar a los trabajadores los medios adecuados para desempeñar de forma segura su trabajo en altura, y la capacitación idónea para crear más conciencia sobre cómo protegerse de las caídas y demás peligros. La OSHA requiere que los diferentes tipos de andamios cumplan con especificaciones de seguridad en su uso y diseño [vea más detalles en 29 CFR 1926.451 (a)] y exige que todos los trabajadores estén protegidos de las caídas mientras trabajen sobre un andamio: “Cada empleado que trabaje sobre un andamio que esté a más de 10 pies (3.1 metros) de un nivel de menor altura deberá estar protegido de caer a ese nivel de menor altura”. (29 CFR 1926.451)1

La norma 29 CFR 1926.454 de la OSHA2 señala la responsabilidad de los empleadores de proporcionar capacitación relativa a los peligros del trabajo en andamios, incluyendo la protección contra caídas. La OSHA también aborda el deber del empleador de tener protección contra las caídas donde haya costados o bordes sin protección en una obra en construcción en la 29 CFR 1926.501 (b) (1)3: “todo empleado que esté en una superficie de tránsito o de trabajo (horizontal o vertical) con un costado o borde sin protección que esté a 6 pies (1.8 metros) o más sobre el nivel de menor altura deberá estar protegido de las caídas mediante el uso de sistemas de barandas, redes de protección o sistemas personales de detención de caídas”.

Después del incidente, el contratista general asignó a los trabajadores la tarea de instalar barandas en todas las plataformas de escaleras y balcones, y estas barandas ya estaban presentes cuando el investigador de la DSR visitó el sitio de la obra el 13 de mayo del 2004. En ese momento no se estaban usando andamios.

Recomendación 2: Los empleadores deberían asegurarse de que los trabajadores lesionados reciban servicios médicos de emergencia adecuados.

Discusión: La OSHA tiene una norma sobre servicios médicos y primeros auxilios que los empleadores del sector de la construcción deben cumplir [29 CFR 1926.50 (a-f)].4 “El empleador deberá asegurar la disponibilidad de personal médico que pueda asesorar y responder consultas sobre temas de salud ocupacional” [29 CFR 1926.50(a)]. “Se deben tomar medidas antes del comienzo del proyecto para que se proporcione rápidamente atención médica en caso de lesiones graves” [29 CFR 1926.50 (b)]. “En ausencia de una enfermería, clínica, hospital o médico que esté razonablemente accesible en cuanto a tiempo y distancia del sitio de la obra, que esté disponible para tratar a los trabajadores lesionados, una persona que posea un certificado de capacitación válido para proporcionar primeros auxilios emitido por la Oficina de Minas de los Estados Unidos, la Cruz Roja de los Estados Unidos, o una capacitación equivalente que pueda ser verificada con evidencia documental, deberá estar presente en el lugar de trabajo para proporcionar primeros auxilios” [29 CFR 1926.50 (c)]. “Se deberá proporcionar el equipo adecuado para un traslado rápido de la persona lesionada a un médico u hospital, o un sistema de comunicación para solicitar el servicio de ambulancia necesario” [29 CFR 1926.50 (e)]. “En áreas donde el 911 no esté disponible, los números de teléfono del médico, hospital o servicio de ambulancia deberán estar perceptiblemente a la vista” [29 CFR 1926.50 (f)].

No había normas en el sitio de la obra sobre cómo responder frente a un caso de lesiones en el trabajo. En el área donde ocurrió el incidente había servicios de 911 disponibles, pero no se realizó ninguna llamada a ese número. Las caídas desde alturas, especialmente las que resultan en heridas en la cabeza, pueden derivar en lesiones graves y no ser inmediatamente evidentes para quienes no estén capacitados. Todas las lesiones ocurridas en el trabajo deben ser reportadas al empleador, quien deberá garantizar que los trabajadores heridos sean examinados por personas capacitadas y calificadas, como se indica más arriba, para proporcionar rápidamente servicios médicos de emergencia.

Recomendación 3: Los empleadores deberían preparar, implementar y hacer cumplir un programa integral de seguridad escrito para todos los trabajadores que incluya capacitación para reconocer peligros y evitar situaciones inseguras. Un plan escrito debe requerir la capacitación de todos los empleados que puedan estar expuestos a caídas, para que puedan protegerse de ese tipo de peligro.

Discusión: Se debe crear un programa integral de seguridad por escrito para todos los trabajadores que incluya capacitación para identificar peligros y evitar situaciones inseguras. Por lo tanto, debe destacarse en el programa integral de seguridad de una empresa que ciertos tipos de capacitación son obligatorios. Por ejemplo, los empleadores deben garantizar que todos sus empleados con posible exposición a peligros de caídas sean capacitados específicamente en la prevención de caídas, y que la capacitación proporcionada sea acorde a los requisitos estipulados en 29 CFR 1926.4542 y 29 CFR 1926.503.5

Se puede encontrar información adicional útil para la capacitación de los trabajadores sobre la prevención de caídas en la publicación de NIOSH en inglés Worker deaths by falls: a summary of surveillance findings and investigative case reports (Muertes de trabajadores por caídas: un resumen de los hallazgos de vigilancia e informes de investigación de casos)6, que está disponible en el sitio web de NIOSH https://www.cdc.gov/niosh o llamando al número 1-800-356-4674. Este documento puede servir como un medio adicional para comunicar los procedimientos de seguridad en el trabajo a los empleados.

Recomendación 4: Los empleadores deberían asegurar que los obreros de una cuadrilla multilingüe entiendan sus derechos en el lugar de trabajo y comprendan las instrucciones sobre los procedimientos seguros que deben seguir en las tareas que les son asignadas.

Discusión: Las compañías que emplean a trabajadores que no entienden inglés deben identificar los idiomas que ellos hablan y diseñar, implementar y hacer cumplir un programa de seguridad multilingüe. En la medida de lo posible, el programa de seguridad debe diseñarse a un nivel de alfabetización que concuerde con el de la fuerza laboral de la empresa. Los empleadores deben hacer pruebas y observar para evaluar el nivel de comprensión de los procedimientos de seguridad en el trabajo que tiene cada empleado. Además de ser multilingüe, el programa debe incluir a un intérprete competente que explique los derechos de los trabajadores a la protección en el lugar de trabajo, las normas de seguridad laboral que se espera que cumplan, las medidas de protección específicas en relación con todas las tareas que se hagan, las maneras de identificar y evitar peligros, y a quién deben contactar si se presentan problemas de salud y seguridad. Si la familia de la víctima hubiera comprendido que los empleadores tienen la responsabilidad de conseguir la atención necesaria para los trabajadores lesionados, y que los trabajadores tienen el derecho de recibir esta atención, tal vez se hubiera procurado atención de emergencia inmediatamente después del incidente.

Recomendación 5: Los empleadores deberían utilizar todos los medios disponibles para conocer la verdadera edad de cada trabajador que es contratado, y establecer normas laborales que cumplan con las leyes sobre trabajo infantil, que prohíben a los jóvenes de menos de 18 años desempeñar tareas peligrosas como, por ejemplo, operar sierras eléctricas circulares. Los empleadores deberían comunicar estas normas de trabajo a todos sus empleados.

Discusión: Los empleadores deberían asegurarse de que sea identificada la verdadera edad de cada posible futuro empleado, y que a los trabajadores de menos de 18 años no se les asignen tareas prohibidas. La norma 29 CFR 516.2 (a)(3) requiere que los empleadores tengan en sus archivos la fecha de nacimiento de todos los empleados de menos de 19 años de edad que estén cubiertos por disposiciones de salario mínimo y horas extraordinarias [29 CFR 516.2 (a)(3)].7 Si los empleadores no comprenden totalmente los tipos de trabajo que están prohibidos para los trabajadores de menos de 18 años, deben comunicarse con la División de Horas y Salarios de la Administración de Normas de Empleo (ESA) del Departamento del Trabajo de los Estados Unidos. Esta división está a cargo de hacer cumplir las leyes de empleo de menores en virtud de la Ley de Normas Justas de Trabajo (FLSA).

La FLSA prohíbe la contratación de trabajadores de menos de 18 años en ocupaciones no agrícolas que el Secretario del Trabajo haya declarado como particularmente peligrosas. La ordenanza número 14 sobre ocupaciones peligrosas prohíbe que las personas de menos de 18 años de edad operen sierras eléctricas circulares. Se puede obtener información sobre el trabajo de menores en el sitio web de la Administración de Normas de Empleo del Departamento del Trabajo: http://www.dol.gov/whd/. Las normas de empleo de la FLSA para las ocupaciones no agrícolas aparecen listadas y explicadas en el Boletín 101 sobre el trabajo de menores8. También se puede obtener información sobre el trabajo de menores al llamar o visitar las oficinas de los departamentos del trabajo de menores a nivel federal y estatal, que se pueden encontrar en las páginas de entidades gubernamentales de la guía telefónica.

Los empleadores deben reunirse con su fuerza laboral para comunicar las normas de la empresa sobre las tareas que tienen permitido realizar los trabajadores jóvenes. Deben explicar que los trabajadores jóvenes están en mayor riesgo de sufrir lesiones en el trabajo y reafirmar la importancia de asignarles tareas adecuadas. Tienen que proporcionar a todos los empleados la descripción de las tareas asignadas a los trabajadores jóvenes. Deben identificar a las personas responsables de supervisarlos e informar a todo el personal quiénes son los supervisores designados; también tienen que indicar a todo el personal que avisen a los supervisores inmediatamente si ven que trabajadores jóvenes realizan trabajo peligroso o trabajan en una tarea no asignada. Se pueden encontrar recursos para la capacitación de los trabajadores jóvenes en la publicación Alerta de NIOSH: Preventing Deaths, Injuries and Illnesses of Young Workers (Cómo prevenir muertes, lesiones y enfermedades entre los trabajadores jóvenes)9 disponible en el sitio web de NIOSH ( https://www.cdc.gov/spanish/niosh/docs/2003-128_sp/ ) o llamando al 1-800-356-4674.

Recomendación 6: Los empleadores deberían garantizar que la oficina de área de la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional sea notificada en un plazo de 8 horas, cuando se produzca la muerte de un trabajador o la internación en un hospital de tres o más trabajadores como resultado de un incidente relacionado con el trabajo en su empresa.

Discusión: En un plazo de 8 horas después de la muerte de cualquier empleado o la internación en un hospital de tres o más trabajadores como resultado de un incidente relacionado con el trabajo, los empleadores deben reportar la muerte u hospitalizaciones múltiples por teléfono o en persona a la oficina de área de la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA) del Departamento del Trabajo de los Estados Unidos que quede más cerca del lugar del incidente. Los empleadores también pueden usar el número central de teléfono de la OSHA para llamar sin cargo: 1-800-321-OSHA (1-800-321-6742) [29CFR 1904.39(a)].10 La notificación temprana permite a los investigadores de la OSHA evaluar de forma adecuada los peligros presentes y retirar a otros trabajadores de situaciones de posible peligro. En el caso de este incidente, los empleadores no reportaron la muerte como se requería.

Recomendación 7: Los contratistas generales deberían asegurar que, en el texto del contrato, todos los subcontratistas incluyan un programa integral de salud y seguridad que cubra todos los aspectos de las tareas que ellos y sus empleados van a desempeñar; procedimientos para la investigación de accidentes y servicios de emergencia; y documentación sobre la edad y el permiso laboral de todos los empleados que trabajarán en la obra.

Discusión: Los contratistas generales deben asegurar que, en el texto del contrato, todos los subcontratistas incluyan un programa integral de seguridad que cubra adecuadamente todos los aspectos de las tareas que sus empleados van a desempeñar. Como se planteó anteriormente, en este caso un programa de seguridad bilingüe podría haber permitido a los obreros entender mejor la manera segura de instalar armazones. En el texto del contrato se debe establecer cómo serán proporcionados los servicios médicos y de primeros auxilios, y se debe estipular que todos los contratistas acatarán las ordenanzas sobre trabajos peligrosos de la División de Horas y Salarios del Departamento del Trabajo, los requisitos de cantidad de horas de trabajo, y las exigencias de compensación. Además, el texto del contrato debe declarar que se documentará la edad y el permiso laboral de cada trabajador.

Los contratistas generales deberían considerar la exigencia de que los subcontratistas les proporcionen, por cada trabajador en la obra en construcción, una copia del formulario I-9 del Servicio de Ciudadanía e Inmigración del Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (formulario de verificación de permiso laboral). Las leyes de inmigración requieren que todos los trabajadores (independientemente del país de origen) demuestren que están autorizados para trabajar en los Estados Unidos. Los empleadores tienen la obligación de atestiguar en el formulario I-9 que la documentación aparenta ser genuina en el momento en que fue examinada.11 El formulario I-9 puede ser descargado en el siguiente enlace: http://www.uscis.gov/sites/default/files/files/form/m-274.pdf [consultado en agosto del 2004].

Recomendación 8: El Departamento del Trabajo de los Estados Unidos y los empleadores deberían considerar la prohibición de que los jóvenes de menos de 18 años de edad trabajen a una altura de seis pies o más desde escaleras, andamios, árboles, estructuras y maquinaria.

Discusión: Las leyes actuales sobre el trabajo de menores que prohíben los tipos de trabajo especialmente peligrosos para los jóvenes (ordenanzas sobre trabajos peligrosos) prohíben el trabajo en ocupaciones de techado, pero no otros tipos de trabajo en altura. Recientemente NIOSH condujo, a solicitud del Departamento del Trabajo de los Estados Unidos, una revisión de las ordenanzas sobre trabajos peligrosos.12 Entre otras recomendaciones, NIOSH aconsejó que el Departamento de Trabajo establezca una nueva ordenanza sobre trabajos peligrosos que prohíba a los jóvenes de menos de 18 años trabajar “a una altura de 6 pies o más desde escaleras, andamios, árboles y estructuras, incluyendo torres, silos, postes, plataformas petroleras, puentes, antenas y maquinaria”. Esta recomendación se basó en una revisión de datos de lesiones ocupacionales, y en la necesidad de utilizar equipo de protección personal y adherir estrictamente a las prácticas de seguridad laboral para proteger a los trabajadores en entornos con peligro importante de caídas. Las caídas aparecen constantemente entre las principales causas de muertes por lesiones ocupacionales.13 Un análisis de muertes de trabajadores jóvenes ocurridas en el periodo 1992-1997 identificó 21 caídas mortales hacia niveles de menor altura entre jóvenes de menos de 18 años de edad.12 La idoneidad y eficacia de los sistemas de protección contra caídas no han sido probadas específicamente para los trabajadores jóvenes, que tal vez no hayan alcanzado la estatura o las dimensiones corporales de los trabajadores adultos para quienes fueron diseñados. Si bien las leyes federales sobre el trabajo de menores no impiden actualmente que los jóvenes hagan trabajos en altura, los empleadores deberían considerar seriamente una prohibición de este tipo de labores, ya que existen riesgos y dudas inherentes sobre la capacidad de proporcionar a los jóvenes una protección adecuada en casos de caídas.

Referencias

  1. Code of Federal Regulations [2004]. 29 CFR 1926.451. General Requirements. Washington DC: U.S. Government Printing Office, Office of the Federal Register.
  2. Code of Federal Regulations [2004]. 29 CFR 1926.454. Training requirements. Washington DC: U.S. Government Printing Office, Office of the Federal Register.
  3. Code of Federal Regulations [2004]. 29 CFR 1926.501(b)(1). Unprotected sides and edges. Washington DC: U.S. Government Printing Office, Office of the Federal Register.
  4. Code of Federal Regulations [2004]. 29 CFR 1926.50 (a); (b); (c); (e); (f) respectively. Medical services and first aid. Washington DC: U.S. Government Printing Office, Office of the Federal Register.
  5. Code of Federal Regulations [2004]. 29 CFR 1926.503. Training requirements. Washington DC: U.S. Government Printing Office, Office of the Federal Register.
  6. NIOSH [2000]. Worker deaths by falls: a summary of surveillance findings and investigative case reports. Cincinnati, OH: U.S. Department of Health and Human Services, Public Health Service, Centers for Disease Control and Prevention, National Institute for Occupational Safety and Health, DHHS (NIOSH) Publication No. 2000-116.
  7. Code of Federal Regulations [2004]. 29 CFR 516.2(a)(3). General Requirements. Washington DC: U.S. Government Printing Office, Office of the Federal Register.
  8. DOL (U.S. Department of Labor)[ 2001]. Child labor requirements in nonagricultural occupations under the Fair Labor Standards Act. Washington, DC: U.S. Department of Labor, Employment Standards Administration, Wage and Hour Division, WH-1330. Child Labor Bulletin No. 101.
  9. NIOSH [2003]. NIOSH Alert: Preventing deaths, injuries, and illness of young workers. Cincinnati, OH: U.S. Department of Health and Human Services, Public Health Service, Centers for Disease Control and Prevention, National Institute for Occupational Safety and Health, DHHS (NIOSH) Publication No. 2003-128.
  10. Code of Federal Regulations [2004]. 29 CFR 1904.39(a). Reporting fatalities and multiple hospitalization incidents to OSHA. Washington DC: U.S. Government Printing Office, Office of the Federal Register.
  11. U.S. Department of Homeland Security, U.S. Citizenship & Immigration Service Form I-9 (Employment Eligibility Verification Form). [http://www.uscis.gov/sites/default/files/files/form/m-274.pdf] Accessed June, 2006. (Link Updated 11/12/2013)
  12. NIOSH [2002]. National Institute for Occupational Safety and Health (NIOSH) Recommendations to the U.S. Department of Labor for Changes to the Hazardous Orders—Morgantown, WV: Division of Safety Research.
  13. Bureau of Labor Statistics [2004]. National Census of Fatal Occupational Injuries in 2003. Washington, DC: U.S. Department of Labor, Bureau of Labor Statistics, USDL 04-1830.

Información de la investigadora

Esta investigación fue realizada por Doloris N. Higgins, especialista en seguridad y salud ocupacional del Equipo de Investigaciones de Muertes, Subdivisión de Vigilancia e Investigaciones de Campo, División de Investigaciones sobre Seguridad.

Fotografías

	Foto 1. Esta foto muestra el departamento 48 (fotografía gentileza de la SCOSHA).

Foto 1. Esta foto muestra el departamento 48 (fotografía gentileza de la SCOSHA).

	Foto 2. Esta foto muestra un primer plano de la escalera y el balcón del departamento.

Foto 2. Esta foto muestra un primer plano de la escalera y el balcón del departamento. Un recuadro blanco rectangular muestra la ubicación aproximada de la plataforma elevada de trabajo desde la que cayó la víctima. La letra A señala la ubicación aproximada de la víctima antes de la caída y la letra B indica la ubicación aproximada de la víctima después de la caída (fotografía gentileza de la SCOSHA [el investigador de la DSR agregó el recuadro blanco rectangular y las letras A y B]).


  • Esta página fue revisada el: 10 de enero de 2017
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